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Para evitar infracciones de tránsito
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Para evitar infracciones de tránsito
Qué tenes que llevar en tu Partner o Berlingo para evitar que te labren infracciones de tránsito??
Las infracciones se dividen entre las que son reparables en el momento y las que no lo son.
En las del primer tipo, el policía hace la multa, el conductor resuelve lo que la motivó (por ejemplo, si no tenía puesto el cinturón de seguridad, se lo coloca, o si estaba hablando por celular o símil, corta lo apaga), y puede seguir circulando.
Las no reparables, implican que además de la multa el auto sea retenido y trasladado en calidad de secuestrado a la comisaría o playa judicial.
Los requisitos para no ser multado, en Capital y Provincia de Buenos Aires, son:
REGISTRO DE CONDUCIR. Obligatorio para circular en cualquier lugar del país. No llevarlo o tenerlo vencido implica ser multado y dicha falta califica al rodado como remisible. No es reparable, a menos que otra persona con registro válido pueda continuar manejándolo. Algo que poca gente sabe es que, además, el domicilio que figura en el registro debe estar actualizado, debe coincidir con el que aparece en el documento personal (DNI, libreta de enrolamiento, cédula de identidad, o Mercosur) del conductor".
DOCUMENTO PERSONAL. El conductor debe llevar un documento de identidad cuyo domicilio coincida con el del registro. No llevarlo implica multa
CEDULA VERDE o CEDULA AZUL. Hay que tener cuidado porque la cédula verde tiene vencimiento. Una vez vencida, sólo habilita al titular del rodado que la porte para conducir el rodado, que es para quien no corre el vencimiento. Si está vencida y el que maneja no es el titular, se le hace una multa. Si además el policía tiene dudas sobre la titularidad del auto, puede retener, secuestrar, el vehículo. Esto se puede salvar con una autorización del titular hecha ante escribano o, cuando el auto es de dos personas —una pareja, por ejemplo—, hacer que ambos figuren en la cédula. O más cómodo aún la cedula azul de autorización de manejo.
VERIFICACION TECNICA. Para autos radicados en la provincia de Buenos Aires: Deben tener la constancia de Verificación Técnica Vehicular (vtv).
En Capital Federal, la verificación es obligatoria para los caso de vehículos particulares los que tengan más de 2 años de antigüedad.
Para los vehículos de carga y de transporte de pasajeros en todo momento.
En esta categoría entran también los utilitarios y las camionetas 4x4, algo que pocos saben. Hay una forma de evitar la verificación para los que usan la camioneta en forma particular: hacer especificar en la cédula verde que el vehículo es de uso particular, osea sedan 4 puertas. Si la cédula no aclara esto, corresponde la verificación. Si no la tiene, el policía, gendarmería o agente de vialidad nacional le hará la multa y/o le retendrá el vehículo.
SEGURO CONTRA TERCEROS: El seguro debe cubrir, como mínimo, la responsabilidad civil. El policía puede requerir, además de la tarjeta del seguro, el último comprobante de pago. Este comprobante se debe pedir en la empresa aseguradora.
Es conveniente (.....) que si paga con débito automático, circule con el resumen de la tarjeta de crédito donde figura el pago. Si faltan la tarjeta o el comprobante, querrán confeccionarle una multa o retenerle el vehículo.
PATENTE: Es recomendable circular con el último recibo de pago de patente. El policía puede multarlo por no tener el recibo de pago, aunque no es lo habitual (.....). Pasa que, en los hechos, luego los controladores de faltas (los ex jueces de faltas) no cobran la multa. En todo caso, lo derivan a la AFIP porque es un impuesto impago. La chapa patente no debe estar adulterada ni tapada ni con ningún agregado o embellecedor que se le ocurra colocar al alegre dueño del vehículo. Si eso no se puede solucionar, además de la multa se secuestra el vehículo.
EQUIPOS DE GAS: El conductor debe llevar una tarjeta de identificación del equipo y una oblea (obligatoria). No es una infracción de tránsito no tenerlas, pero se considera que el vehículo no tiene las medidas de seguridad para circular y por eso se lo multa"
OTROS. Tanto en Capital como en provincia es obligatorio llevar matafuegos en el habitáculo y tener balizas. Todos los ocupantes deben usar cinturón de seguridad y apoya cabezas.
Deben funcionar las luces de posición traseras y delanteras y las de stop.
Es obligatorio circular con las luces bajas las 24 horas.
Es además obligatorio para los usuario de automotores tener un chaleco flúor con bandas reflectibas, uno para cada ocupante del vehículo para que en caso de quedarse varados por algún inconveniente mecánico en las rutas o autopistas, al descender de su rodado , deberán colocárselos de manera que sean bien visibles para el resto de los conductores que circulan a fin de que con la debida distancia puedan tomar los reparos necesarios y precauciones de velocidad al pasar junto al conductor con infortunio (o en criollo mala leche).
Saludos,se cuidan
Las infracciones se dividen entre las que son reparables en el momento y las que no lo son.
En las del primer tipo, el policía hace la multa, el conductor resuelve lo que la motivó (por ejemplo, si no tenía puesto el cinturón de seguridad, se lo coloca, o si estaba hablando por celular o símil, corta lo apaga), y puede seguir circulando.
Las no reparables, implican que además de la multa el auto sea retenido y trasladado en calidad de secuestrado a la comisaría o playa judicial.
Los requisitos para no ser multado, en Capital y Provincia de Buenos Aires, son:
REGISTRO DE CONDUCIR. Obligatorio para circular en cualquier lugar del país. No llevarlo o tenerlo vencido implica ser multado y dicha falta califica al rodado como remisible. No es reparable, a menos que otra persona con registro válido pueda continuar manejándolo. Algo que poca gente sabe es que, además, el domicilio que figura en el registro debe estar actualizado, debe coincidir con el que aparece en el documento personal (DNI, libreta de enrolamiento, cédula de identidad, o Mercosur) del conductor".
DOCUMENTO PERSONAL. El conductor debe llevar un documento de identidad cuyo domicilio coincida con el del registro. No llevarlo implica multa
CEDULA VERDE o CEDULA AZUL. Hay que tener cuidado porque la cédula verde tiene vencimiento. Una vez vencida, sólo habilita al titular del rodado que la porte para conducir el rodado, que es para quien no corre el vencimiento. Si está vencida y el que maneja no es el titular, se le hace una multa. Si además el policía tiene dudas sobre la titularidad del auto, puede retener, secuestrar, el vehículo. Esto se puede salvar con una autorización del titular hecha ante escribano o, cuando el auto es de dos personas —una pareja, por ejemplo—, hacer que ambos figuren en la cédula. O más cómodo aún la cedula azul de autorización de manejo.
VERIFICACION TECNICA. Para autos radicados en la provincia de Buenos Aires: Deben tener la constancia de Verificación Técnica Vehicular (vtv).
En Capital Federal, la verificación es obligatoria para los caso de vehículos particulares los que tengan más de 2 años de antigüedad.
Para los vehículos de carga y de transporte de pasajeros en todo momento.
En esta categoría entran también los utilitarios y las camionetas 4x4, algo que pocos saben. Hay una forma de evitar la verificación para los que usan la camioneta en forma particular: hacer especificar en la cédula verde que el vehículo es de uso particular, osea sedan 4 puertas. Si la cédula no aclara esto, corresponde la verificación. Si no la tiene, el policía, gendarmería o agente de vialidad nacional le hará la multa y/o le retendrá el vehículo.
SEGURO CONTRA TERCEROS: El seguro debe cubrir, como mínimo, la responsabilidad civil. El policía puede requerir, además de la tarjeta del seguro, el último comprobante de pago. Este comprobante se debe pedir en la empresa aseguradora.
Es conveniente (.....) que si paga con débito automático, circule con el resumen de la tarjeta de crédito donde figura el pago. Si faltan la tarjeta o el comprobante, querrán confeccionarle una multa o retenerle el vehículo.
PATENTE: Es recomendable circular con el último recibo de pago de patente. El policía puede multarlo por no tener el recibo de pago, aunque no es lo habitual (.....). Pasa que, en los hechos, luego los controladores de faltas (los ex jueces de faltas) no cobran la multa. En todo caso, lo derivan a la AFIP porque es un impuesto impago. La chapa patente no debe estar adulterada ni tapada ni con ningún agregado o embellecedor que se le ocurra colocar al alegre dueño del vehículo. Si eso no se puede solucionar, además de la multa se secuestra el vehículo.
EQUIPOS DE GAS: El conductor debe llevar una tarjeta de identificación del equipo y una oblea (obligatoria). No es una infracción de tránsito no tenerlas, pero se considera que el vehículo no tiene las medidas de seguridad para circular y por eso se lo multa"
OTROS. Tanto en Capital como en provincia es obligatorio llevar matafuegos en el habitáculo y tener balizas. Todos los ocupantes deben usar cinturón de seguridad y apoya cabezas.
Deben funcionar las luces de posición traseras y delanteras y las de stop.
Es obligatorio circular con las luces bajas las 24 horas.
Es además obligatorio para los usuario de automotores tener un chaleco flúor con bandas reflectibas, uno para cada ocupante del vehículo para que en caso de quedarse varados por algún inconveniente mecánico en las rutas o autopistas, al descender de su rodado , deberán colocárselos de manera que sean bien visibles para el resto de los conductores que circulan a fin de que con la debida distancia puedan tomar los reparos necesarios y precauciones de velocidad al pasar junto al conductor con infortunio (o en criollo mala leche).
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